Aprobación de
disposiciones relativas al Beneficio de devolución del ISC dispuesto por la Ley Nº 29518,
que establece medidas para promover la formalización del Transporte Público
Interprovincial de Pasajeros y de Carga.
Mediante Resolución de Superintendencia N°
103-2014/SUNAT (08.04.2014) se establece el porcentaje que representa la
participación del Impuesto Selectivo al Consumo en el precio por galón del
combustible referido en el numeral 4.1 del artículo 4° del Reglamento de la Ley
25918 aprobado por el Decreto Supremo N° 145-2010-EF.
Mes % de Participación
Enero 2014 10.5%
Febrero 2014 10.5%
Marzo 2014 10.4%
Vigencia: Desde el 09.04.2014.
Incorporan
párrafos al artículo 4 de la Resolución de Superintendencia N° 162-2012/SUNAT que dicta normas relativas
a las rutas fiscales y a los puestos de control obligatorios para el ingreso de
bienes sujetos a control y fiscalización utilizados en la minería ilegal. Mediante
Resolución de Superintendencia N° 114-2014/SUNAT (23.04.2014) se incorporan párrafos
al artículo 4 de la Resolución de Superintendencia N° 162-2012/SUNAT.
En virtud de la modificatoria se tiene que, si por
razones de fuerza mayor o caso fortuito se suspende temporalmente la atención
en un determinado Puesto de Control Obligatorio (PCO) las personas que
trasladen Bienes sujetos a Fiscalización por dicho PCO deberán presentar, en
cualquier dependencia de SUNAT, dentro del plazo de 10 días hábiles de haber transitado
por el citado PCO (cuya atención se encuentre suspendida temporalmente), un escrito indicando fecha y hora en que se
produjo el tránsito y copia de la documentación que sustentó el traslado.
No se exigirá, a las personas que trasladen los
Bienes sujetos a fiscalización, el visado de
la documentación por el PCO (cuya atención se encuentre
suspendida temporalmente), cuando existan otros PCO.
La SUNAT, en su portal y en el diario de la
localidad encargado de los avisos judiciales, publicará la fecha y hora en que se inicia y
concluye la suspensión temporal de la atención en un determinado PCO.
Vigencia: Desde el 24.04.2014.
Se aprueban
nuevas declaraciones: PDT Regalía Minera y PDT Régimen Minero
Mediante Resolución de Superintendencia N°
117-2014/SUNAT (27.04.2014) se aprueba el PDT Regalía Minera –Formulario 698,
Versión 1.3. Asimismo, se aprueba el PDT Régimen Minero –Formulario 699,
Versión 1.1 Los citados PDT´s estarán a disposición a partir del 01.05.2014 en
SUNAT Virtual. Ambos PDT´s se utilizarán a partir del 01.05.2014.
Vigencia: Desde el 28.04.2014.
Se modifica
el Reglamento de Fraccionamiento Tributario así como también las disposiciones que regulan
el Refinanciamiento de la deuda tributaria.
Mediante Resolución de Superintendencia N°
118-2014/SUNAT (27.04.2014) se modifican tanto la Resolución de
Superintendencia N° 199-2004/SUNAT (Fraccionamiento y/o Aplazamiento de deuda
tributaria) así como la Resolución de Superintendencia N° 1762007/SUNAT (Refinanciamiento
de la deuda tributaria).
La citada Resolución de Superintendencia N°
118-2014/SUNAT se ocupa, entre otros aspectos, de la solicitud para el
Aplazamiento o Fraccionamiento de las deudas por Gravamen Especial a la
Minería y Regalía Minera.
Vigencia: Desde el 28.04.2014
Establecen
fecha máximas de atraso del Registro de Ventas y Registro de Compras aplicables
a PRICOS.
Mediante Resolución de Superintendencia N°
121-2014/SUNAT (30.04.2014) se dispuso que: Los PRICOS (incluyendo los
designados como tales en virtud de la Resolución de Superintendencia N°
379-2014/SUNAT) considerarán, para efecto de la fecha máxima de atraso del
Registro de Ventas y el Registro de Compras Electrónicos, el ANEXO III “Cronograma
Tipo B: Fecha Máxima De Atraso Del Registro De Compras Y Del Registro De Ventas
E Ingresos 2014”, de la Resolución de Superintendencia N° 379-2014/SUNAT.
Por otro lado, se indica en la norma bajo
comentario que el uso del PLE Versión 4.0 será obligatorio a partir del
08.05.2014. De otro lado, la norma en comento, modifica, además, diversas
disposiciones de las Resoluciones de Superintendencia N° 286-2009/SUNAT; N°
379-2014/SUNAT; N° 0662013/SUNAT.
Vigencia: Desde el 01.05.2014.
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