Como se sabe, la Resolución de Superintendencia N° 019-2012 autorizó hasta
el 30.06.2013 el uso de sistemas informáticos para la emisión de tickets,
incluso de aquellos aplicativos informáticos que hubieren sido declarados
como máquinas registradoras. Dicha norma establecía que la autorización
surtiría efecto siempre que, hasta el 31.12.2012, los usuarios de tales
sistemas presenten el Formulario N° 845 ante los Centros de Servicios al
Contribuyente o dependencias de la SUNAT o a través de SUNAT Operaciones
en Línea.
De ese modo, mediante la Resolución de Superintendencia. N°
306-2012/SUNAT, publicada el 28.12.2012, se dispone ampliar dicho plazo
hasta el 31 de diciembre de 2014 y hasta el 30 de junio de 2014, para el
uso de sistemas informáticos y para la presentación del Formulario N° 845,
respectivamente
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