Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 343-2014/SUNAT, publicada el 12.11.2014 (vigente a partir del 01/01/2015), se modifican diversas Resoluciones que regulan el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias – SPOT.
La presente norma modifica los porcentajes del Anexo Nº 2 aplicables para la determinación del depósito: Numerales 1, 2, 12 y 15, con la tasa del 4%, los bienes señalados en los numerales 5, 16, 19 y 22, con la tasa del 10% referido a arena y piedra entre otros y los bienes señalados en el numeral 21 referido al oro y demás minerales metálicos exonerados del IGV, con la tasa del 1.5%.
En cuanto al Anexo Nº 2, la norma señala que el porcentaje de 4% se aplicará cuando el proveedor tenga la condición de titular del permiso de pesca de embarcación pesquera que efectúa la extracción o descarga de los bienes y figure como tal en el “Listado de proveedores sujetos al SPOT con el porcentaje del 4% que publique la SUNAT, en caso contrario, se aplica el porcentaje de 10%”.
Asimismo, se modifica los porcentajes del Anexo Nº 3, de los servicios señalados en los numerales 1, 2, 3, 4, 6, 7 y 8, a 10%, referido a intermediación, tercerización, arrendamiento, mantenimiento, movimiento de carga, comisión mercantil, fabricación de bienes por encargo, transporte de personas.
Por otro lado, la norma excluye bienes y servicios sujetos al SPOT: Del Anexo Nº 1, los bienes de los numerales 1, 2 y 3 referidos al azúcar, alcohol etílico y algodón, respecto del Anexo Nº 2. los bienes de los numerales 3, 4, 7, 11, 13, 14, 17, 18 y 23.
En cuanto al Procedimiento a seguir en las operaciones sujetas al Sistema, se han efectuado modificaciones respecto al Régimen General y al Régimen Especial. En cuanto al plazo para considerar los montos depositados en las Cuentas del Banco de La Nación como de Libre Disposición, se modifica el Procedimiento General.
Por último se modifica el literal m) del Numeral 10 del Anexo Nº 3 de la Resolución: m) El servicio de espectáculo público y otras operaciones realizadas por el promotor y se modifica el Anexo Nº 4: Tipo de Bienes y Servicios sujetos al Sistema.
La misma norma modifica las Resoluciones Nº 057-2007/SUNAT y Nº 073-2006/SUNAT.